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Publicado en may 23, 2012 en El Conductor, Normativa | 0 Comentarios

El Permiso y la Licencia de Conducción

El Permiso y la Licencia de Conducción

La conducción de vehículos de motor y ciclomotores por las vías y terrenos a que se refiere el artículo 2 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, exige haber obtenido previamente el permiso o la licencia de conducción correspondiente al tipo de vehículo que se quiera conducir.

permiso_conduccion

Clases de permisos de conducir

 EDAD 

 CLASE 

VEHICULOS QUE AUTORIZA

15

AM

  • Ciclomotores de dos y tres ruedas, cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida.
  • Hasta 18 años cumplidos no autoriza a transportar pasajeros.

16

A1

  • Motocicletas con una cilindrada máxima 125 cc., siempre que su potencia no supere los 11 Kw, ni tengan una relación potencia/masa superior a 0,1 Kw/Kg.
  • Triciclos de motor cuya potencia no exceda de 15 Kw.
  • Los vehículos que autoriza a conducir el permiso AM.
  • Su obtención implicará la concesión del AM.

18

A2

  • Motocicletas, con una potencia máxima de 35 Kw y una relación potencia/masa de hasta 0,2 Kw/Kg.
  • Su obtención implicará la concesión del AM y A1.

20

A

  • Motocicletas con una potencia máxima superior a 35 Kw.
  • Triciclos de motor, no se pueden conducir los que excedan de 15Kw hasta los 21 años cumplidos.
  • Sólo podrá expedirse a conductores que ya sean titulares del permiso de la clase A-2 con, al menos, dos años de antigüedad y superar una formación.

18

B

  • Automóviles de hasta 9 plazas (turismos, camiones, y mixtos), y hasta 3,500 Kg. de M.M.A.
  • Remolques de hasta 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles, o de más peso siempre que la suma de las dos MMA no supere los 4.250 Kg.
  • Vehículos de tres ruedas (si superan 15 Kw será necesario tener 21 años) y cuadriciclos
  • Vehículos especiales agrícolas de cualquier peso.
  • Vehículos especiales no agrícolas, cuya velocidad máxima no exceda de 40 Km/h y su MMA no exceda de 3.500 Kg.
  • Ciclomotores, incluido el cuadriciclo ligero.
  • Motocicletas de hasta 125 cc., siempre que se tenga una antigüedad de 3 años.

18

B+E

  • Conjuntos de vehículos compuesto por un vehículo de los que autoriza a conducir el permiso B y un remolque o semirremolque que no sobrepase los 3.500 Kg de MMA.

18

BTP

  • Automóviles de hasta 9 plazas, destinados a servicio público de personas (Taxis), o que transporten escolares.
  • Vehículos prioritarios (policía, ambulancia y bomberos), siempre que tengan un máximo de 9 plazas y una MMA de hasta 3.500 Kg.

18

C1

  • Automóviles de hasta 9 plazas (turismos, camiones, furgones y mixtos), y más de 3,500 Kg. y hasta 7,500 Kg. de M.M.A.
  • Remolques de hasta 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles.

18

C1+E

  • Remolques de más de 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles.

21

C

  • Los vehículos que autoriza a conducir el permiso C-1.
  • Automóviles de hasta 9 plazas, y más de 7,500 Kg. de MMA.
  • Remolques de hasta 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles.

21

C+E

  • Remolques de más de 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles.

21

D1

  • Automóviles destinados al transporte de personas cuyo número de plazas incluido el conductor sea superior a 9 (autobuses), pero no exceda de 17.
  • Remolques de hasta 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles.

21

D1+E

  • Remolques de más de 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles.

24

D

  • Los vehículos que autoriza a conducir el permiso D-1.
  • Automóviles destinados al transporte de personas cuyo número de plazas incluido el conductor sea superior a 17 (autobuses).
  • Remolques de hasta 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles.

24

D+E

  • Remolques de más de 750 Kg. de MMA acoplados a dichos automóviles.

Notas:

  • Para obtener el B+E, BTP, C-1, C, D-1 o D, será imprescindible poseer el B.
  • Para obtener el C, o D, NO será necesario haber obtenido el C-1 o D-1 respectivamente.
  • La obtención de los permisos C-1 o D-1 implica la concesión de la autorización BTP.

 

 

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